¿Si asistí al casino estando con licencia médica me pueden despedir o destituir?
Depende del contexto y del tipo de licencia médica. La licencia médica implica reposo
laboral, no necesariamente encierro absoluto. Sin embargo, el trabajador debe respetar las
indicaciones médicas. Si la asistencia al casino contradice el diagnóstico o el reposo indicado,
el empleador podría invocar:
- Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato (art. 160 N°7 Código del
Trabajo), en el sector privado; - o falta a la probidad o incumplimiento de deberes funcionarios, en el sector público.
Por ejemplo: - Si la licencia es por lumbago severo o reposo absoluto y el trabajador es visto
realizando actividades recreativas intensas, podría considerarse fraude. - Si la licencia es por estrés leve o tratamiento ambulatorio y no existe prohibición de
salir, la situación es diferente y podría justifcarse.
En el sector público, podría iniciarse un sumario administrativo para investigar eventual
uso indebido de licencia médica. La clave jurídica está en determinar si la conducta fue
incompatible con el reposo prescrito y la forma de acreditarlo. No toda salida constituye
infracción.
¿Si viajé al extranjero estando con licencia médica me pueden despedir o destituir?
Sí, podría generar consecuencias negativas, pero no en todos los casos.
Viajar al extranjero durante una licencia médica no está prohibido per se, pero puede ser
considerado irregular si contradice el reposo absoluto indicado o demuestra que el
trabajador utiliza la licencia fraudulentamente.
En el sector privado, el empleador podría invocar incumplimiento grave de las
obligaciones contractuales si acredita que el viaje es fraudulento.
En el sector público, el hecho puede dar lugar a sumario administrativo.
Si el viaje fue autorizado médicamente o no afecta la recuperación (por ejemplo,
tratamiento en el extranjero o viaje compatible con salud mental), la defensa es
completamente viable.
¿Qué puede pasar en un sumario administrativo?
Pueden acreditarse responsabilidades y aplicarse sanciones disciplinarias al
funcionario —desde amonestación hasta destitución-, o bien absolverlo. Por ello es urgente
contar con una asesoría especializada.
¿Puede la Contraloría General revisar una sanción disciplinaria?
Sí. En determinados casos procede solicitar pronunciamiento ante Contraloría,
especialmente cuando existen ilegalidades procedimentales o infracciones al debido
proceso administrativo.
¿Qué sanciones pueden aplicarme en un sumario administrativo?
Dependiendo del estatuto aplicable, pueden imponerse:- Censura,
- Multa,
- Suspensión,
- Destitución.
Las sanciones deben ser proporcionales y fundadas, pudiendo reclamarse cuando exista
ilegalidad o vulneración del debido proceso.
¿Qué sucede si me destituyen en un sumario administrativo?
La destitución es la decisión de la autoridad facultada para hacer el nombramiento
de poner término a los servicios de un funcionario. Es la medida disciplinaria más severa
que puede aplicarse a un funcionario público.
La destitución genera:- Cesación definitiva de funciones, sin derecho a indemnización alguna.
- Pérdida de la carrera funcionaria.
- Inhabilidad para reingresar a la Administración del Estado por 5 años.
¿Qué puede hacer un funcionario público destituido?
Un funcionario público destituido cuenta con diversas vías administrativas y
judiciales para impugnar la sanción, dependiendo del estatuto aplicable y de las
irregularidades del procedimiento disciplinario.
En primer lugar, puede ejercer recursos administrativos, como la reposición o
apelación ante la autoridad superior, dentro de los plazos establecidos en el respectivo
estatuto administrativo.
Estos recursos permiten revisar errores de procedimiento, falta de fundamentación
o desproporción de la sanción.
Asimismo, en determinados casos es posible solicitar revisión o intervención de la
Contraloría General de la República, especialmente cuando existen ilegalidades manifiestas,
infracción al debido proceso administrativo o vulneración del principio de juridicidad.
Desde el punto de vista judicial, también pueden ejercerse distintas acciones:- Acción o Recurso de protección ante la Corte de Apelaciones, cuando la destitución
vulnera garantías constitucionales o es arbitrario. - Acciones laborales cuando es fruto de un actuar discriminatorio o vulneratorio, a
través de tutela laboral.
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